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Evitemos teorías mágicas de los antiderechos

Foto de archivo de Ana María Abruña Reyes

El lenguaje es político. A través del lenguaje, se configuran y representan relaciones de poder. También, a través del lenguaje, comenzamos a entender el mundo y la sociedad en la que vivimos. En ese sentido, cuando hablamos del derecho de las personas gestantes a tomar decisiones sobre su cuerpo, el uso que hacemos del lenguaje es indispensable a la hora de comunicar nuestras posiciones y posturas.

No es extraño que luego de la opinión del Tribunal Supremo de Estados Unidos en Dobbs se hayan generado múltiples interpretaciones de la decisión. Si fuéramos a analizar este asunto desde la teoría de la adjudicación o de la teoría jurídica, podríamos decir que las variadas interpretaciones son productos de la indeterminación del lenguaje y de la lectura que las personas operadoras del derecho hacen de una determinada norma o disposición constitucional. Existirán quienes planteen que las personas que adjudican tienen discreción para interpretar normas que son amplias y generales, y a ese ejercicio le llaman hermenéutica jurídica. Habrá otres que sostengan que, a pesar de la indeterminación del lenguaje, siempre habrá una única decisión correcta.

Así como el lenguaje es político, el derecho también lo es. Cuando hablo de que el derecho es político, no me refiero a la lucha partidista, aunque está relacionada, me refiero, más bien, al derecho como instrumento de validación y reproducción de diferentes posiciones que el Estado busca promover, proteger o validar. Es decir, a diferencia de lo que el liberalismo político ha promocionado, el derecho no es neutral, tampoco lo son las personas operadoras del derecho. El derecho encarna el monopolio de la violencia, física o simbólica, que ostenta el Estado.

En ese sentido, para estar clares, las constituciones son documentos políticos que adquirieron matiz jurídico con las doctrinas de interpretación constitucional que inició Estados Unidos casi inmediatamente después de la aprobación de su constitución. Así, esa constitución, aprobada en 1789, codifica una visión de mundo particular. Las mujeres, personas de identidad de género u orientación sexual, las personas negras, no se consideraban sujetos de derecho. Eran, más bien, sujetos subordinados al poder patriarcal del hombre esclavista que no solo reclamaba la colonización de los territorios habitados por los pueblos nativos, además reclamaba la colonización de aquellas seres humanas que entendían eran inferiores y estaban, por tanto, sujetas al poder colonizador.

Seamos clares: la historia de Estados Unidos es una historia infame. Una nación rica a base de desplazamientos, colonización y esclavización de personas. Una historia que, más que ser instrumento para encontrar derechos, debería ser causa de vergüenza y acciones claras de reparación. El Tribunal Supremo de Estados Unidos como institución es reflejo de esa historia. No es raro, entonces, que casi orgullosamente, la mayoría recurra a esa historia de explotación y esclavización para afirmar que las personas gestantes no cuentan con un derecho constitucional a terminar un embarazo.

No nos debería extrañar, aunque no deja de sorprender. En pleno 2022, las colectivas de mujeres no hemos logrado incluir en la Constitución de Estados Unidos una enmienda que prohíba el discrimen por razón de sexo. Las personas, en Estados Unidos, no tienen un derecho constitucional a no ser discriminadas por razón de sexo. A esto, se le suma, la no tan nueva tendencia del Tribunal Supremo de actuar para restringir derechos. Más aún, abiertamente deja en manos de las mayorías los derechos de las personas ciudadanas de un estado. Esto, además de ser preocupante, abdica una de las principales funciones de un máximo tribunal, proteger los derechos de las personas frente a los vaivenes de las mayorías que, históricamente, han contribuido a las diferentes opresiones sistémicas de aquelles que no se ven como merecedores de reconocimiento o derechos. 

Dicho esto, no podemos perder de vista que las prohibiciones sobre el aborto que encuentra el Tribunal Supremo, recurriendo a los siglos XVII en adelante, respondían a un modelo económico particular. No había un interés de proteger la “vida”, se buscaba, más bien, darle protección a las manos que iban a trabajar la tierra primero, el capital después. Hoy en día, la intención va dirigida al control absoluto de las cuerpas que pueden gestar para reafirmar la subordinación que hemos ido, poco a poco, arrebatándole al patriarcado.

Es por ello, que, volviendo al principio, es importante cómo hablamos cuando hablamos de aborto. Si hay algo que debe quedar claro en este momento es que, en Puerto Rico, el aborto es legal. Pueden existir debates sobre si debiera ampliarse, restringirse o incluso criminalizarse, pero esos son debates, no la realidad. La realidad es que el aborto es legal y que las clínicas de aborto continúan operando como de costumbre. También es un hecho que el Departamento de Justicia, institución que tiene el poder de prosecución, ha afirmado, igualmente, que el aborto es legal.

En este momento, a las personas gestantes se nos va, literalmente, la vida. Son momentos de mucha incertidumbre sobre nuestro futuro y nuestros derechos. Las personas que pensamos que los derechos deben ser progresivos debemos ser sumamente conscientes de cómo hablamos cuando hablamos de aborto. Dejar claro, siempre, que el aborto, por el momento, es legal y que seguiremos trabajando para que así continúe. Las teorías mágicas de los grupos antiderechos, son eso, teorías mágicas y no deberían confundirse con el único hecho incontrovertible hasta el momento: toda persona gestante en Puerto Rico tiene derecho a interrumpir un embarazo en el momento de determine junto a la persona médica que es la mejor alternativa para su salud física y emocional.

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